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Los contratados a través de una ETT cuentan para la cuota de igualdad

La Audiencia Nacional sostiene que estos trabajadores tienen derecho a que se les aplique en su totalidad las medidas adoptadas en el Plan de Igualdad de dicha entidad.

La sentencia recuerda que la normativa europea ya transpuesta al ordenamiento español dispone que las condiciones esenciales de trabajo y de empleo de los trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal durante su misión en una empresa usuaria serán, por lo menos, las que les corresponderían si hubiesen sido contratados directamente por dicha empresa para ocupar el mismo puesto.


Fuente: eleconomista.es

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